lunes, 18 de julio de 2011

Sección 'Consumidor'

 MANUEL MARTÍNEZ DE PAZ 


Derechos del usuario
de viajes combinados


        Las vacaciones son propicias para la contratación de viajes que incluyen no solamente el alojamiento sino transportes y servicios complementarios. Un viaje combinado es aquel en el que se proporcionan dos de los siguientes elementos: transporte, alojamiento y/o otros servicios no accesorios, por un precio unitario. Su duración deberá superar las veinticuatro horas o incluir al menos una noche de estancia. Es obligatorio facilitar folleto informativo y documento contractual que deberá contener entre otros:
        - El destino o destinos y sus fechas y lugares de salida y regreso. 
        - El itinerario, así como el tipo de transporte, sus características y categoría.

        - Situación, categoría turística, características, el tipo de habitación del alojamiento, las comidas contratadas visitas, excursiones, etcétera.
        - El plazo en el que podemos exigir la confirmación de las reservas.
        - El precio del viaje combinado y una indicación de las posibles revisiones del mismo.
        - Nuestra obligación de comunicar a la Agencia o a quien preste el servicio, cualquier incumplimiento respecto a la ejecución del contrato.
        - El nombre y dirección del organizador, del detallista y del asegurador en caso de que exista seguro.
        - Si antes de la salida, la Agencia de Viajes se ve obligada a modificar sustancialmente algún elemento esencial del contrato, incluido el precio, tendremos derecho a escoger entre la resolución del contrato o su modificación.
         Si antes del inicio del viaje, el Organizador se ve obligado a modificar alguno de los elementos esenciales del contrato, incluido el precio, debe comunicárnoslo inmediatamente para poder optar por resolver el contrato sin penalización o aceptar las modificaciones.
        Debemos comunicar nuestra decisión a la Agencia dentro de los tres días siguientes a la notificación de la modificación por la Agencia. Si no lo hacemos, se entenderá que optamos por resolver el contrato sin que por ello podamos ser penalizados.
        Si el organizador o la Agencia cancelan el viaje antes de la salida podremos exigir  la devolución de las cantidades ya pagadas o la realización de otro viaje combinado así como  la indemnización que corresponda por incumplimiento y que no podrá ser inferior al cinco por ciento del precio total del viaje contratado, si el citado incumplimiento se produce entre los dos meses y quince días anteriores al viaje; el diez por ciento del precio total del viaje, si se produce entre los quince días y tres días anteriores; al veinticinco por ciento del precio total del viaje, si este incumplimiento se produce en las cuarenta y ocho horas anteriores. No existirá obligación de indemnizar si la cancelación del viaje se deba a motivos de fuerza mayor.
        Si el usuario decide no realizar el viaje, salvo en los supuestos de fuerza mayor, debemos abonar a la agencia los gastos de gestión, de anulación y una penalización cuyo importe estará en función de la antelación con que se notifique a la agencia la cancelación del viaje y en los mismos porcentajes indicados anteriormente.
        Si no nos presentamos a la hora prevista para la salida, no tendremos derecho a devolución de ninguna cantidad.
        El precio del viaje combinado es el que se haya acordado en el contrato y se ha establecido la posibilidad al alza o a la baja,  el precio puede revisarse. Deben indicarse en el contrato cuáles serán los criterios para el cálculo del nuevo precio y las variaciones deben obedecer a variaciones del precio de los transportes, incluido el coste del carburante, las tasas e impuestos relativos a determinados servicios y los tipos de cambio aplicados al viaje organizado.
        No pueden realizarse subidas del precio del viaje en los veinte días inmediatamente anteriores a la fecha de salida, por lo que serán nulas si se realizan.
¡Feliz viaje!

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