MANUEL MARTÍNEZ DE PAZ
Derechos del usuario
de viajes combinados
Las vacaciones son propicias para la contratación de viajes que incluyen no solamente el alojamiento sino transportes y servicios complementarios. Un viaje combinado es aquel en el que se proporcionan dos de los siguientes elementos: transporte, alojamiento y/o otros servicios no accesorios, por un precio unitario. Su duración deberá superar las veinticuatro horas o incluir al menos una noche de estancia. Es obligatorio facilitar folleto informativo y documento contractual que deberá contener entre otros:
- El destino o destinos y sus fechas y lugares de salida y regreso.
- El itinerario, así como el tipo de transporte, sus características y categoría.
- Situación, categoría turística, características, el tipo de habitación del alojamiento, las comidas contratadas visitas, excursiones, etcétera.
- El plazo en el que podemos exigir la confirmación de las reservas.
- El precio del viaje combinado y una indicación de las posibles revisiones del mismo.
- Nuestra obligación de comunicar a la Agencia o a quien preste el servicio, cualquier incumplimiento respecto a la ejecución del contrato.
- El nombre y dirección del organizador, del detallista y del asegurador en caso de que exista seguro.
- Si antes de la salida, la Agencia de Viajes se ve obligada a modificar sustancialmente algún elemento esencial del contrato, incluido el precio, tendremos derecho a escoger entre la resolución del contrato o su modificación.
Si antes del inicio del viaje, el Organizador se ve obligado a modificar alguno de los elementos esenciales del contrato, incluido el precio, debe comunicárnoslo inmediatamente para poder optar por resolver el contrato sin penalización o aceptar las modificaciones.
Debemos comunicar nuestra decisión a la Agencia dentro de los tres días siguientes a la notificación de la modificación por la Agencia. Si no lo hacemos, se entenderá que optamos por resolver el contrato sin que por ello podamos ser penalizados.
Si el organizador o la Agencia cancelan el viaje antes de la salida podremos exigir la devolución de las cantidades ya pagadas o la realización de otro viaje combinado así como la indemnización que corresponda por incumplimiento y que no podrá ser inferior al cinco por ciento del precio total del viaje contratado, si el citado incumplimiento se produce entre los dos meses y quince días anteriores al viaje; el diez por ciento del precio total del viaje, si se produce entre los quince días y tres días anteriores; al veinticinco por ciento del precio total del viaje, si este incumplimiento se produce en las cuarenta y ocho horas anteriores. No existirá obligación de indemnizar si la cancelación del viaje se deba a motivos de fuerza mayor.
Si el usuario decide no realizar el viaje, salvo en los supuestos de fuerza mayor, debemos abonar a la agencia los gastos de gestión, de anulación y una penalización cuyo importe estará en función de la antelación con que se notifique a la agencia la cancelación del viaje y en los mismos porcentajes indicados anteriormente.
Si no nos presentamos a la hora prevista para la salida, no tendremos derecho a devolución de ninguna cantidad.
El precio del viaje combinado es el que se haya acordado en el contrato y se ha establecido la posibilidad al alza o a la baja, el precio puede revisarse. Deben indicarse en el contrato cuáles serán los criterios para el cálculo del nuevo precio y las variaciones deben obedecer a variaciones del precio de los transportes, incluido el coste del carburante, las tasas e impuestos relativos a determinados servicios y los tipos de cambio aplicados al viaje organizado.
No pueden realizarse subidas del precio del viaje en los veinte días inmediatamente anteriores a la fecha de salida, por lo que serán nulas si se realizan.
¡Feliz viaje!
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